Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de contratar un abogado

50 respuestas directas a las dudas que más nos llegan por teléfono y por WhatsApp. Sin rodeos y sin letra chica. Si su pregunta no está aquí, escríbanos: contestarla no cuesta nada.

Honorarios y costos

¿Cuánto cuesta la primera consulta con el abogado?

Nada. La primera consulta del estudio es gratuita en todas las materias, sea presencial en la oficina de Temuco o por videollamada. En esa reunión revisamos sus antecedentes y le decimos con franqueza si hay caso, qué se puede obtener y en cuánto tiempo. Recién si usted decide seguir adelante conversamos honorarios.

¿Dónde puedo conseguir una consulta gratuita con un abogado en Temuco?

En este estudio la primera consulta es gratuita en todas las materias, presencial en Avenida Arturo Prat N° 847, oficina 608, o por videollamada. No hay que pagar nada para saber si su caso tiene sustento. Si además necesita que lo representen sin costo, existe la vía pública: la Corporación de Asistencia Judicial —que en La Araucanía depende de la Corporación de la Región del Biobío, con oficinas en Temuco— atiende gratuitamente a quienes cumplen sus requisitos socioeconómicos, y dentro de ella las Oficinas de Defensa Laboral asumen la representación de trabajadores. Conviene consultar las dos puertas: si su caso cabe mejor ahí, se lo vamos a decir en la primera reunión.

¿Cuánto cobra un abogado laboral en Temuco?

Depende de qué lado esté. Si usted es el trabajador —despido injustificado, nulidad del despido, cobro de finiquito, tutela de derechos fundamentales o un accidente del trabajo—, este estudio cobra el 20% de lo que efectivamente se recupere y no pide anticipo: si no se obtiene nada, usted no paga honorarios. Si usted es la empresa, el trabajo es otro —defensa ante la Inspección del Trabajo y los Juzgados de Letras del Trabajo, revisión de contratos, reglamentos y protocolos— y se cobra según las tablas referenciales publicadas en el arancel de este sitio, pactadas por escrito antes de empezar. En Chile los honorarios no están fijados por ley: lo que existe son referencias.

¿Tengo que pagar un anticipo para que el abogado empiece a trabajar?

No. El estudio no exige anticipo en ninguna materia. Ninguna gestión queda detenida esperando un pago inicial: la causa se inicia desde el primer momento y el honorario se paga en cuotas convenidas, en los plazos y montos que ambas partes fijen por escrito.

¿Cuánto cobra un abogado por un despido injustificado?

En la defensa de trabajadores este estudio cobra el 20% de lo que efectivamente se recupere, y nada antes. Si no se obtiene nada, usted no paga honorarios. Como referencia general, las tablas de honorarios de uso habitual sugieren para el juicio ordinario laboral 10 UF más un 10% de lo obtenido.

¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar un abogado?

Hay cuatro caminos. En causas laborales de trabajadores y en accidentes de tránsito no necesita dinero: se cobra solo un porcentaje de lo que se recupere. En el resto de las materias no se exige anticipo y el honorario se puede pactar en cuotas ajustadas a su situación. Si aun así no resulta viable, el estudio destina tres causas simultáneas a su programa de ayuda social, en las que asume los honorarios. Y está la Corporación de Asistencia Judicial, que presta defensa gratuita: se lo diremos derechamente si es su caso.

¿Hay abogados que tomen casos gratis en Temuco?

Sí, por dos vías distintas. Las públicas son la Corporación de Asistencia Judicial en causas civiles y de familia, la Oficina de Defensa Laboral para trabajadores, y la Defensoría Penal Pública, que defiende a cualquier imputado cualquiera sea su situación económica. Y este estudio mantiene un programa de ayuda social que destina tres causas simultáneas a personas de escasos recursos que tienen un caso con fundamento. Esa página indica la dirección y el teléfono de cada institución.

¿Los honorarios de los abogados están fijados por ley en Chile?

No. Desde 1981 los aranceles de abogados dejaron de ser obligatorios en Chile. Lo que se usa hoy son tablas de referencia publicadas por colegios y consejos de abogados de distintas ciudades del país, que recogen los montos mínimos habituales por gestión. Son una referencia de mercado, no una tarifa impuesta: el valor definitivo se acuerda caso a caso considerando la complejidad, la cuantía, la urgencia y los criterios de ética profesional.

¿Por qué los honorarios se expresan en UF y no en pesos?

Porque un juicio dura meses o años y la UF protege a ambas partes de la inflación. Las tablas de honorarios están expresadas en UF, y nuestro cotizador convierte esos valores a pesos usando la UF del día, de modo que usted siempre ve una cifra actual.

Además del honorario, ¿hay otros gastos?

Sí. Existen gastos de terceros que no son honorarios del abogado: receptores judiciales para las notificaciones, notarios, certificados del Conservador de Bienes Raíces, peritos cuando el caso los requiere. Se pagan directamente a quien presta cada servicio y se los detallamos antes de incurrir en ellos.

Si pierdo el juicio, ¿tengo que pagar los gastos de la contraparte?

Puede ocurrir. El tribunal condena en costas a la parte totalmente vencida, salvo que estime que tuvo motivo plausible para litigar, en cuyo caso la exime. Es un riesgo real que se evalúa antes de demandar, y forma parte de lo que conversamos con usted en la primera reunión: si el caso no da, se lo decimos.

Despido y trabajo

¿Qué plazo tengo para reclamar un despido injustificado?

Sesenta días hábiles contados desde la separación. Ese plazo se suspende mientras usted reclama ante la Inspección del Trabajo, pero tiene un tope máximo que no se puede exceder. Es un plazo de caducidad: una vez vencido, no se recupera con ningún argumento.

¿Cuánto me corresponde por años de servicio?

La regla general es de treinta días de la última remuneración mensual por cada año trabajado y por la fracción superior a seis meses, con un tope de once años. A eso pueden sumarse la indemnización sustitutiva del aviso previo, el feriado proporcional y los recargos legales cuando el despido se declara injustificado.

Ya firmé el finiquito. ¿Puedo demandar igual?

Depende de cómo se firmó. Un finiquito ratificado ante ministro de fe tiene poder liberatorio respecto de lo que expresamente se pagó, pero no cubre lo que no se mencionó, ni lo que se firmó con reserva de derechos, ni las cotizaciones previsionales impagas. Tampoco impide reclamar cuando hubo vicio del consentimiento. Vale la pena que un abogado lea el documento antes de darlo por cerrado.

¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagarme el finiquito?

La ley exige otorgar y pagar el finiquito dentro de los diez días hábiles siguientes al término de la relación laboral. Si no se paga en ese plazo, o si se ofrece un finiquito por montos inferiores a los que corresponden, usted no está obligado a firmarlo y puede reclamar.

Me despidieron estando embarazada. ¿Qué puedo hacer?

Durante el fuero maternal el empleador no puede despedir sin autorización previa del tribunal. Un despido hecho sin ese trámite es nulo y procede pedir la reincorporación con pago de las remuneraciones del periodo. El plazo para reclamar es breve, así que conviene consultarlo de inmediato.

Mi empleador no me paga ni me da trabajo. ¿Tengo que renunciar?

No conviene renunciar, porque renunciando se pierden las indemnizaciones. Existe el despido indirecto o autodespido: es el trabajador quien pone término al contrato imputando al empleador un incumplimiento grave, y luego demanda las mismas indemnizaciones que en un despido injustificado. Tiene plazos muy breves para comunicarlo y demandar, así que hay que actuar rápido.

¿Me pueden despedir estando con licencia médica?

No existe una prohibición general de despedir durante una licencia médica, salvo que el trabajador esté amparado por algún fuero. Lo que sí ocurre es que la ausencia justificada por licencia no puede invocarse como causal, y esos despidos suelen revisarse con especial atención en tribunales.

¿Sirve reclamar en la Inspección del Trabajo?

Sirve, pero tiene límites. La Inspección puede citar a comparendo, mediar y cursar multas, y el reclamo suspende el plazo para demandar. Lo que no puede hacer es obligar al empleador a pagar indemnizaciones: eso solo lo resuelve un tribunal. Conviene usarla como primer paso, no como único paso.

Accidentes e indemnizaciones

¿Qué plazo tengo para demandar por un accidente de tránsito?

La acción de indemnización de perjuicios prescribe en cuatro años contados desde el hecho. Es un plazo amplio, pero engañoso: la prueba se pierde mucho antes, porque los testigos olvidan, las grabaciones se sobrescriben y los informes médicos se dispersan. Conviene actuar en los primeros meses.

Ya me pagó el seguro obligatorio. ¿Puedo demandar de todos modos?

Sí. El SOAP es un seguro de cobertura limitada que paga gastos médicos y sumas fijas por muerte o invalidez, sin discutir de quién fue la culpa. No cubre el daño moral, ni los ingresos que usted dejó de percibir, ni las secuelas. Todo eso se reclama por una acción distinta; lo que ya recibió simplemente se descuenta de lo que se obtenga.

¿Qué debo hacer inmediatamente después de un accidente?

Constancia en Carabineros, atención médica aunque se sienta bien —muchas lesiones aparecen días después— y fotografías del lugar, de los vehículos y de las señalizaciones. Guarde todos los documentos médicos y los gastos. Ese material reunido en las primeras horas vale más que cualquier declaración posterior.

Yo también tuve algo de culpa en el accidente. ¿Puedo demandar igual?

Sí. Cuando la víctima se expuso imprudentemente al daño, la ley no niega la indemnización: ordena reducirla proporcionalmente. Es decir, una culpa compartida disminuye el monto, pero no cierra la puerta. Vale la pena consultarlo antes de darlo por perdido.

¿Cuánto se paga por daño moral?

No existe una tabla oficial. Los tribunales lo determinan caso a caso considerando la gravedad de las lesiones, la edad de la víctima, el grado de incapacidad, las secuelas permanentes y el vínculo con los demandantes cuando hay fallecidos. Por eso importa tanto acreditar bien esos elementos con informes y peritajes.

Familia

¿Cuánto cuesta un divorcio de común acuerdo?

Es una de las gestiones más económicas: 8 UF por cada cónyuge representado, según las tablas de referencia. Exige un cese de convivencia de al menos un año y un acuerdo completo que regule alimentos, cuidado personal y relación directa y regular de los hijos. Puede ver el valor actualizado en pesos en nuestro cotizador.

¿Cuánto demora un divorcio?

El de común acuerdo es el más rápido, porque no hay controversia que probar: suele resolverse en algunos meses. El unilateral por cese de convivencia demora más, y el divorcio por culpa es el más largo de todos porque exige acreditar los hechos que se imputan. Si hay acuerdo posible, casi siempre conviene tomarlo.

¿Qué pasa si el padre o la madre no paga la pensión de alimentos?

Hay herramientas concretas: retención directa de la remuneración, retención de la devolución de impuestos, arraigo, suspensión de la licencia de conducir y la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que bloquea trámites bancarios y notariales. El problema casi nunca es la falta de herramientas, sino que no se usan.

¿Se puede rebajar o aumentar una pensión de alimentos ya fijada?

Sí. La pensión se fija según las necesidades del alimentario y las facultades del alimentante, y ambas cosas cambian con el tiempo. Si hay una variación relevante —pérdida de empleo, nuevo hijo, aumento de ingresos, necesidades médicas— procede pedir su rebaja o su aumento al tribunal.

¿Puedo salir del país con mi hijo sin autorización del otro padre?

No, si el otro progenitor tiene reconocida la relación directa y regular o el cuidado compartido. Se requiere su autorización otorgada ante notario, y si la niega sin fundamento, puede pedirse autorización judicial. Es un trámite que conviene iniciar con bastante anticipación al viaje.

¿A qué edad puede un hijo decidir con quién vivir?

No hay una edad fija. El tribunal debe oír al niño, niña o adolescente y considerar su opinión según su edad y madurez, pero esa opinión no obliga: la decisión se toma conforme al interés superior del niño, evaluando el entorno, la vinculación afectiva y la aptitud de cada progenitor.

¿Es obligatoria la mediación antes de demandar?

En materias de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular sí: la mediación previa es obligatoria y gratuita. Si fracasa, se certifica y recién ahí puede presentarse la demanda. Muchos casos se resuelven en esa instancia, y conviene llegar a ella preparado.

Herencias y propiedad

¿Cuánto demora una posesión efectiva?

Si la herencia es sin testamento, se tramita ante el Registro Civil y suele resolverse en algunas semanas. Si hay testamento, la tramitación es judicial y toma más tiempo. Los plazos se alargan bastante cuando faltan documentos o cuando hay herederos que no aparecen.

¿Puedo vender una casa heredada sin hacer la posesión efectiva?

No. Mientras no exista posesión efectiva inscrita, la propiedad sigue figurando a nombre del causante y ninguna notaría autorizará la venta ni el Conservador inscribirá la transferencia. Es el motivo por el que muchas familias descubren el problema justo cuando necesitan vender.

¿Se puede desheredar a un hijo?

Prácticamente no. La ley protege a ciertos herederos con asignaciones forzosas que no se pueden burlar con un testamento. El desheredamiento existe, pero solo por causales taxativas, muy graves, que deben expresarse en el testamento y probarse. En los hechos, casi nunca prospera.

Heredamos entre varios hermanos y no nos ponemos de acuerdo. ¿Qué se hace?

Mientras no se divida, todos son comuneros y ninguno puede disponer del bien por sí solo. Si hay acuerdo, la partición se hace por escritura pública, que es la vía rápida y económica. Si no lo hay, procede la partición ante un juez árbitro. También existen acciones cuando uno de los herederos ocupa el bien excluyendo a los demás.

¿Qué puedo hacer si alguien ocupa una propiedad mía sin pagar?

Cuando la ocupación es por mera tolerancia, sin contrato ni pago, procede la acción de precario para recuperar el inmueble. Es frecuente entre familiares y en propiedades heredadas, y suele arrastrarse por años porque nadie quiere iniciar el conflicto. Mientras más se posterga, más difícil resulta la prueba.

Deudas, arriendos y contratos

Mi arrendatario no paga. ¿Cómo lo desalojo?

No por la fuerza ni cambiando la chapa: eso expone al propietario a responsabilidad. Existe un procedimiento especial de arrendamiento que permite pedir en un mismo juicio la terminación del contrato, la restitución del inmueble y el cobro de las rentas adeudadas. Es más rápido que un juicio ordinario, pero requiere demanda y sentencia.

¿Puedo cobrar una deuda si no hay documento firmado?

Se puede, pero es bastante más difícil. Sin documento no hay juicio ejecutivo y debe irse a un juicio ordinario, donde además la ley restringe la prueba de testigos para acreditar obligaciones sobre cierto monto que debieron constar por escrito. Los correos, transferencias y mensajes suelen ser decisivos: consérvelos.

¿Hasta cuándo puedo cobrar un cheque o un pagaré impago?

Los plazos aquí son cortos y sorprenden a mucha gente: tratándose de cheques, letras de cambio y pagarés, la acción ejecutiva prescribe en alrededor de un año contado desde el protesto o el vencimiento. Vencido ese plazo quedan vías más lentas y difíciles. Si le deben con documento, no lo deje dormir.

Me vendieron un producto defectuoso y no me responden. ¿Qué hago?

La Ley del Consumidor da derecho a la reparación, el cambio o la devolución del dinero, además de la indemnización de los perjuicios. El reclamo se presenta ante el Juzgado de Policía Local, y conviene hacerlo con la boleta, la garantía y el registro de los reclamos previos a la empresa.

Empresas y SII

Me llegó una notificación del SII. ¿Qué hago?

Fíjese primero en la fecha y en el tipo de actuación, porque los plazos corren solos. La reposición administrativa voluntaria tiene treinta días hábiles y la reclamación ante el Tribunal Tributario y Aduanero, noventa días hábiles. Responder tarde o de manera incompleta convierte una citación en liquidación y una liquidación en giro.

¿Necesito abogado para constituir una empresa?

Legalmente no: el registro electrónico permite constituir en línea, sin notario. Pero opera con estatutos tipo que no contemplan pactos de socios, cláusulas de salida ni restricciones a la transferencia. Para una sociedad de una sola persona suele bastar; cuando hay socios o dinero de terceros, el ahorro del formulario se pierde en el primer desacuerdo.

¿Cuánto demora constituir una sociedad?

Por el régimen simplificado, el mismo día. Por escritura pública, unos pocos días entre notaría, inscripción y publicación. La diferencia relevante no es el tiempo sino el contenido de los estatutos, que es lo que determina cómo se resuelven los conflictos futuros.

¿Qué es un due diligence y cuándo lo necesito?

Es la revisión legal de una empresa antes de comprarla o de recibir una inversión. Quien compra una empresa compra también sus juicios, sus deudas previsionales y sus contingencias tributarias. Ese informe determina qué está comprando realmente y sirve para negociar precio y garantías.

Cómo trabajamos

¿Cuánta experiencia tiene el abogado que llevará mi caso?

Más de siete años de ejercicio profesional, contados desde el juramento ante la Excelentísima Corte Suprema en 2019. Los primeros años transcurrieron en instituciones públicas ligadas a la administración de justicia y en programas públicos de asistencia jurídica; vinieron después años de litigación en estudios de la región en materias civiles, laborales, corporativas, concursales, administrativas y tributarias, con comparecencia habitual ante los tribunales de La Araucanía, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco y el Servicio de Impuestos Internos. A ello se suman un magíster en Derecho Tributario de la Universidad de Chile y un diplomado en Responsabilidad Civil Extracontractual de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Su causa la lleva el mismo abogado que usted conoce en la primera reunión: no hay traspasos de carpeta.

¿Qué documentos debo llevar a la primera reunión?

Lo que tenga a mano: contrato, carta de despido, liquidaciones, escrituras, notificaciones, boletas o el parte policial, según la materia. No se preocupe si le falta algo, buena parte se puede solicitar después. Traer lo que existe permite dar una respuesta seria en la primera conversación en vez de una respuesta general.

¿Cómo sé si mi caso tiene posibilidades reales?

Ese es precisamente el objeto de la primera consulta, que es gratuita. Revisamos los antecedentes y le decimos con franqueza si hay caso, qué se puede obtener y en qué plazo. Si el caso no da, se lo diremos: preferimos decirlo al principio que después de un año de tramitación.

¿Atienden causas fuera de Temuco?

Sí. El estudio comparece ante los tribunales de las treinta y dos comunas de La Araucanía, en las provincias de Cautín y Malleco, sin cobro adicional por traslado.

¿Puedo llevar mi caso a distancia, sin ir a la oficina?

En gran medida sí. La consulta se puede hacer por videollamada, los documentos se envían digitalmente y buena parte de las audiencias se realiza por videoconferencia. Habrá gestiones puntuales que requieran su presencia, y se las avisaremos con anticipación.

¿Quién lleva mi causa?

El mismo abogado que usted conoce en la primera reunión. No hay traspaso de carpeta a terceros ni intermediarios, y el estado de la causa se informa en lenguaje simple por el canal que usted prefiera: WhatsApp, correo o teléfono.

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